viernes, 12 de junio de 2015

Contrato de Seguros

El contrato de seguros es un instrumento que permite que el asegurador se obligue, a traves del cobro de una prima, a hacer un resarcimiento de un daño o a abonar una cantidad de dinero una vez que se haya comprobado la materialización de la eventualidad consignada en el contrato. El contrato de seguro tiene por objeto todo un conjunto de riesgos que en caso de que sucedan generarán la consecuente obligación de la aseguradora de resarcir al asegurado o a la persona designada por ésta. De esta manera, el tomador o contratante del seguro, por su parte, se obliga a realizar el pago de esa prima, a cambio de la cobertura que protege al asegurador, la cual le evita hacer frente a un perjuicio económico mucho mayor, en caso de que el evento siniestro llegue a producirse.



Entre las características de los contratos de seguros encontramos que:

- Son bilaterales. Dan lugar a derechos y obligaciones para cada una de las partes contratantes, es decir que el tomador de seguros se obliga a efectuar el pago de la prima y el asegurador se obliga igualmente a la prestación dineraria que le corresponde según los términos del contrato de seguros. Esta prestación esta condicionada al evento incierto, que es la materialización del daño o siniestro.

- Son aleatorios. Ambas partes (aseguradoras y asegurados) se sujetan a la contingencia de utilidad o pérdida de uno u otro. Esta contingencia se manifiesta en la posibilidad de que se configure el siniestro en el plano de la realidad.

- Son de libre adhesión. Este contrato de seguros tiene cláusulas impuestas por el asegurador, ante las cuales el asegurado puede aceptar o no.

- Son solemnes. Considerando que el perfeccionamiento se da cuando el asegurador suscribe la póliza y el asegurado otorga su firma, según las condiciones contractuales establecidas.

- Son onerosos. Aquí el tomador del seguro paga la prima y el asegurador cumple con la prestación de resarcimiento ante la realización del siniestro.

- Son de ejecución continuada. Ambas partes del contrato cumplen obligaciones y tienen derechos de manera continuada durante la vida del contrato de seguros.

No hay comentarios:

Publicar un comentario